Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-960 de 2026

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Tema · dato duro
Impedimento Del Procurador General De La Nación. Aceptar Por Intervención En La Expedición De La Norma Acusada
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por el Procurador General de la Nación.

El jefe del Ministerio Público adujo que estaba impedido para rendir concepto en el proceso de la referencia, por estar incurso en la causal denominada como haber intervenido en la expedición de la norma objeto de control, contenida en el artículo 25 del Decreto Ley 2067 de 1991.

Ello, porque participó de forma verbal y escrita durante el respectivo trámite.

La Sala Plena de la Corporación constató que la imparcialidad y objetividad exigidas al señor procurador para rendir el concepto de constitucionalidad podría verse afectadas a la hora de verificar lo ocurrido en el trámite legislativo de la disposición acusada.

Con base en lo anterior, declaró FUNDADO el impedimento formulado en esta oportunidad.

Se ordenó correr traslado al Viceprocurador General de la Nación, a efectos de que rinda el concepto que corresponde.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DECLARAR FUNDADO el impedimento manifestado por el procurador general de la Naci�n para emitir concepto dentro del expediente PE-060.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretar�a General de esta Corporaci�n que levante la suspensi�n de t�rminos decretada con ocasi�n del impedimento propuesto y corra traslado al viceprocurador general de la Naci�n, a efectos de que rinda el concepto.
  3. Tercero. Contra esta providencia no procede ning�n recurso. Comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado Salvamento de voto ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital PE-060, archivo � Manifestaci�n de Impedimento �, p. 3 . [2] Ibid., pp. 3-4. [3] Corte Constitucional, autos 008 de 2006, 104 de 2007, 156 de 2007, 286 de 2007, 086 de 2012, 283 de 2012, 418 de 2017, 123 de 2018, 048 de 2021, 191 de 2025, entre otros. [4] En el Auto 984 de 2022, sobre su competencia para decidir el impedimento presentado por el procurador delegado para asuntos constitucionales, la Corte explic�: �tiene igual competencia para decidir el impedimento formulado por el funcionario designado por el procurador, cuando aquel fue llamado a cumplir el mismo deber constitucional del cual el procurador y el viceprocurador fueron excusados, en su oportunidad, por la Sala Plena�. [5] Art�culo 277.1 de la Constituci�n. [6] Corte Constitucional, Auto 1553 de 2022. [7] Corte Constitucional, autos 1147 de 2021 y 984 de 2022. En estos autos, la Corte se�al� que ante la inexistencia de una disposici�n en el ordenamiento jur�dico a la cual remitirse para resolver los impedimentos planteados por el procurador y el viceprocurador general de la Naci�n, lo procedente es remitirse, en lo pertinente, al cap�tulo V del Decreto 2067 de 1991 que regula el procedimiento y las causales de recusaci�n e impedimento en los procesos de constitucionalidad. [8] Corte Constitucional, Auto 191 de 2025. [9] Ibid. [10] Al respecto, se puede consultar el an�lisis efectuado por la Corte Constitucional en los autos 1125, 1124 y 721 de 2024, y 1627 y 593 de 2022. [11] Corte Constitucional, Auto 191 de 2025. [12] Ibid. [13] Ibid. [14] Corte Constitucional, Auto 197 de 2026. [15] Corte Constitucional, autos 338, 399, 400 y 829 de 2025, 199 y 321 de 2026. [16] Gaceta del Congreso de la Rep�blica 1338 del 10 de septiembre de 2024, p. 14. [17] Ibid.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.